Declaran improcedente el despido de un trabajador a quien una compañera acusó de acoso sexual
El magistrado Carlos Contreras, titular del juzgado de Lo Social número 1 de Cartagena, ha declarado improcedente el despido de un trabajador de una empresa de limpieza, medida que se había basado en una denuncia por acoso sexual de una compañera. El fallo judicial considera que no existen pruebas para esa acusación y anula el despido del trabajador, quien en todo momento proclamó que era falso y quien estuvo representado por el abogado Fulgencio Pérez Mariscal.
La empresa FCC Medio Ambiente, con sede en Cartagena, ha sido condenada por despido improcedente por el despido realizado a un trabajador que había sido acusado por una empleada de la misma empresa de haberla acosado sexualmente. Ante esa denuncia, la empresa decidió aplicar como medida disciplinaria el despido. Sin embargo, el trabajador en momento alguno aceptó ni la acusación ni el despido, afirmando que no había realizado acoso alguno a esta trabajadora ni a nadie.
En el acto del juicio quedó probado que el trabajador no había realizo un acoso sexual a la trabajadora en cuestión, y que por lo tanto, fue decretado el despido como improcedente, optando la empresa por la indemnización de seis mil euros por despido.
El abogado Fulgencio Pérez quiere destacar “la desprotección de este trabajador, ya que con el simple testimonio de una compañera a la empresa, que está sufriendo acoso sexual, se ha procedido a su despido, siendo posteriormente reconocido improcedente por el juzgado y optando la empresa por la indemnización”, entendiendo el letrado que lo más lógico “y justo que debía haberse realizo por parte de una empresa tan importante debía haber sido la readmisión del trabajador y despedir a quien acusó falsamente, pues en el juicio quedó probado que sólo existen cuatro llamadas teléfonicas de mi cliente a la compañera en todo un año y que no existe una denuncia penal”.