Lunes, Julio 08, 2024
   
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Indemnización aclarada

El juzgado de Lo social número 2 de Cartagena ha desestimado la demanda planteada por la Mutua de Accidentes de Trabajo, que se negaba a asumir la indemnización a un trabajador alegando que no estaba al corriente en el pago de las cotizaciones del mismo su empresa, que era la que pretendía responsabilizar del pago de 1.370 euros, que ahora se ha ahorrado el empresario cartagenero tras una resolución favorable en un proceso en el que ha estado representado, de oficio, por la letrada unionense Pepi Cánovas Vicente.


La sentencia del tribunal laboral absuelve al empresario de cualquier tipo de responsabilidad, exonerándole del pago de la indemnización de lesiones permanentes no invalidantes abonadas por la mutua al trabajador.

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