Sábado, Julio 06, 2024
   
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Del delito a la falta y de la falta a la nada

Cuatro acusados de un delito de hurto, para quienes se solicitaban 18 meses de cárcel y el pago de 14.190 euros, han vivido como las penas se transformaba en faltas por hurto con responsabilidad civil de 400 euros, para después, una vez degradada la calificación, quedar prescrito el asunto por haber estado el procedimiento paralizado más de seis meses. Los letrados Francisco Paterna (en la foto), del despacho Bernabé Abogados, y María del Mar Coquillat han sido los abogados de la defensa.


El origen de este asunto está, según reflejan los hechos probados de la sentencia, a la que ha tenido acceso Cartagena de Ley, cuando en mayo de 2011 los cuatro acusados se apoderan de material de hierro de una empresa de acuicultura de la playa de El Gorguel y lo venden, en diferentes entregas, a una chatarrería por un total de 690 euros.

El atestado de la Guardia Civil entra en el juzgado de Instrucción número 5 de Cartagena, que remite las actuaciones al juzgado de Lo Penal número 1 el 11 de diciembre de 2013, dictándose el auto de admisión de prueba el 15 de julio de este año.

La acusación particular, en el juicio, consideró que se trataba de un delito de hurto, solicitando 18 meses de prisión para cada uno, mientras que la Fiscalía solicitó 12 meses. Ambas sí coincidieron en una indemnización a la empresa propietaria del material de 14.190 euros. Las defensas, por su parte, solicitaron la absolución.

La jueza Teresa Álvarez considera que el valor del material no excede de 400 euros, al estimar que sólo se les puede imputar una parte del hierro que vendieron, pues hay unas 'vigas viejas' que carecen de prueba para relacionarlas con el material que estaba en El Gorguel. Sin embargo, lo más importante es que considera que se trata de dos delitos de hurto ("porque se trataba de un material abandonado") y entonces es cuando, como solicitaban las defensas, aplica la prescripción al haber estado el proceso parado más de seis meses. Es decir, cuando una calificación penal se degrada, el plazo de prescripción hay que aplicarlo a la calificación definitiva, que en este caso es la falta.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida.

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